Blanqueo de capitales: las provincias pueden cobrar tributos, ¿qué hará San Luis?
Luego de la sanción y promulgación de la ley nacional de blanqueamiento de bienes, surgen inquietudes con respecto a cómo se aplicará en las provincias, ya que se pueden cobrar tasas locales. Para que esto no ocurra, debería establecerse una normativa provincial. Desde el Consejo Profesional de Ciencias Económicas se reunieron con la Dirección Provincial de Ingresos Públicos para plantear el tema.
El pasado 29 de junio, el Congreso de la Nación sancionó la ley de blanqueo de capitales, la cual fue promulgada por el presidente Mauricio Macri, el 22 de julio. El vicepresidente del Consejo Profesional de Ciencias Económicas de San Luis (CPCE), Walter Herrera, dialogó con elchorrillero.com y dio detalles con respecto al tema, teniendo en cuenta el alcance para aquellos puntanos que quieran declarar sus bienes en la AFIP.
En este sentido, el contador manifestó: “A la Ley 27.260 se la denomina una ley ómnibus, porque se han incorporado varias cosas. En primer término, está la reparación histórica para jubilados, y también se ha agregado el blanqueamiento de capitales o exteriorización de bienes y la moratoria que se establece para aquellos sujetos que tengan deudas para con el fisco nacional”.
En relación al tema del blanqueo de bienes (el cual ya se aplica en Brasil, Chile y Perú, por citar algunos países de la región), sostuvo: “El país ha suscripto a este tipo de exteriorización de capitales porque prácticamente lo viene haciendo todo el mundo. Entonces el Ejecutivo nacional ha visto que, al quedar fuera de esto, se podía producir la ida de capitales del país a exteriorizarse en otros países”.
Además, indicó que es una gran oportunidad de “regularizar y empezar desde cero con el fisco” y comentó que, en el orden nacional de la ley, también se encuentra el “beneficio a cumplidores”, el cual libera a las personas que hayan cumplido en cuanto a la presentación y pago de sus declaraciones juradas de los últimos dos años (es decir 2014 y 2015) del impuesto a los bienes personales de los periodos 2016, 2017 y 2018.
Otra modificación tiene que ver con los montos en el impuesto a los bienes personales, donde se ha modificado la estructura en sí del impuesto. “Antes se pagaba por todo a partir de determinado monto, en cambio ahora lo que se ha hecho es elevar el monto y, superado ese valor, se paga sobre la diferencia para aquellos sujetos que no estén alcanzados con el beneficio de contribuyentes cumplidores”, detalló el contador.
Mirá la segunda parte de la entrevista acá.
Más allá de los alcances a nivel nacional de la ley, existen algunas cuestiones que aún resta definir. En uno de los artículos de la ley, se invita a las administraciones provinciales y municipales a que adhieran a la misma, “adoptando medidas tendientes a liberar los impuestos y tasas locales que los declarantes hayan omitido ingresar en sus respectivas jurisdicciones”. Esto significa que las Provincias deberían establecer normativas, a través de las cuales se eximan de tasas e impuestos locales sobre los montos a los ciudadanos que deseen blanquear bienes.
Al respecto, Herrera afirmó: “Esto es un poco más complejo porque la misma ley también prevé que todo lo que se recaude en este impuesto por el concepto de blanqueamiento no es distribuible en las provincias, con lo cual éstas no obtienen recursos producto del blanqueo. Al invitarlas, hay que ponerse en el papel de las oficinas de rentas provinciales, ya que adherir a eso implicaría no recaudar absolutamente nada. Por eso se entiende que haya algunas provincias que estén reticentes”.
En torno a esto, el profesional propuso: “Lo que sí se podría hacer es que las provincias adhieran cobrando una tasa menor. No la que se aplicaría en los impuestos, sino una inferior. De esta manera, estarían adhiriendo a lo que la ley dice y, a la vez, estarían recaudando algo por el blanqueamiento”.
Herrera dijo que desde el CPCE se han reunido con la titular de la Dirección Provincial de Ingresos Públicos, Cecilia Badaloni, y su equipo de trabajo, para tomar conocimiento de diversas cuestiones. “Nos han dicho que está muy avanzado lo de la moratoria. Con respecto al blanqueo se ha hecho la propuesta pero se está analizando. Nosotros entendemos que está bien que se analice porque la Provincia estaría prescindiendo de recursos que no le vienen de este blanqueamiento a nivel nacional”, expresó.
En cuanto a las moratorias, las mismas tienen la particularidad diferente a los planes de facilidades de pago extensos, los cuales se extienden en el tiempo. “Las moratorias también se prolongan en el tiempo pero con la diferencia de que llevan aparejados una quita o límite importante de intereses. Eso es una ventaja sustancial. Por eso, cuando se habla de moratoria, el contribuyente que está atrasado tiene la oportunidad de hacerlo y a un costo menor que un plan normal o regular”, concluyó Herrera.